|
INFORMACION IMPORTANTE
Sres.
Asociados
Les recordamos a todas aquellas empresas que tramitaron la excepción a la Importación de Matrices para calzado (resol. 45/11) que la misma, si ya les fue otorgada, vence a los 60 días.
Es por ello que les aconsejamos que 30 (treinta) días antes de producirse el correspondiente vencimiento, vuelvan a presentar el formulario de la citada resolución 45/11 en la Subsecretaría de Industria a bien de lograr así la prolongación de esta excepción antes de que la fecha de vencimiento se cumpla.
Es importante destacar que para la nueva presentación es necesario solamente completar el formulario de la “resolución”, ya que el resto de la documentación requerida, fue presentado por las empresas al realizar la primer solicitud de excepción.
Ante cualquier consulta o duda no deje de comunicarse telefónicamente con la Cámara.
Cordialmente
HUGO L. ALVAREZ
Gerente CAIPIC
|