boletines y reportes
noticiasnoticias


>> AMPLIAR MAPA

NOTICIAS DEL SECTOR > Nota informativa laboral 26-05-2010


Buenos Aires, 26 de mayo de 2010

Estimados Socios de CAIPIC
Presente
De mi consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a Uds., con el objeto de informarles que en el Boletín Oficial del día de la fecha se ha publicado la Ley 26.593, mediante la cual se incorpora como art. 255 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, el siguiente texto:

Plazo de Pago. El pago de la remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el art. 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral.”

En tal sentido, recordamos que el art. 128 de la L.C.T. mencionado por la nueva norma, establece que dichos plazos son de cuatro (4) días hábiles para los trabajadores que perciben remuneración mensual o quincenal, y de tres (3) días hábiles para los que la perciben en forma semanal.

De esta manera, se pone fin a las distintas interpretaciones que se realizaban respecto a la fecha en que se debían pagar los rubros correspondientes a la extinción del contrato de trabajo.

Quedo a disposición de Uds. para cualquier aclaración adicional.

Carlos Esteban Míguez
cmiguez@alfarolaw.com

Tel.: 4393-3003




Sobre Caipic | Socios | Novedades | Asóciese on Line | Expocaipic | Contáctenos

Cámara Argentina de Industriales Proveedores de la Industria del Calzado

José Mármol 326 (1183), Buenos Aires, Argentina
Tel./Fax: (00 54 11) 4982-1124 / 4981-5689 / 4981-5587 | caipic@caipic.org.ar