Discrepancias médicas entre Trabajadores y Empleadores. La Junta Médica Laboral en C.A.B.A. |
| Resolución 3397/2018 de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio de la Ciudad de Buenos Aires | - Creó la Junta Médica Laboral (JML) para conflictos por discrepancias médicas referidas a la aptitud física y/o psiquiátrica de un trabajador en relación a accidentes o enfermedades
inculpables.
|
| | | ¿Cuándo actúa la JML? | | | | ¿Cuál es el ámbito de actuación de la JML? | - Para empleadores y trabajadores del ámbito privado.
- Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
|
| | | ¿Cuáles son las facultades de la JML? | - Evaluar las patologías denunciadas.
- Constatar y realizar el seguimiento de enfermedades inculpables de largo tratamiento.
- Contralor de prescripciones médicas de cambio de funciones o tareas livianas.
|
| | | ¿Es obligatorio el procedimiento? | | | | ¿Es obligatorio el dictamen de la JML? | - No, el dictamen no es vinculante.
- La JML implica una instancia de conciliación en relación al diagnóstico y a la conducta a seguir por las partes.
|
| |
Expectativas del mercado5 |
|
|