LA HOJA DE MARZO 2019

Discrepancias médicas entre Trabajadores y Empleadores. La Junta Médica Laboral en C.A.B.A.

Resolución 3397/2018 de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio de la Ciudad de Buenos Aires

  • Creó la Junta Médica Laboral (JML) para conflictos por discrepancias médicas referidas a la aptitud física y/o psiquiátrica de un trabajador en relación a accidentes o enfermedades
    inculpables.

¿Cuándo actúa la JML?

  • A pedido de parte.

¿Cuál es el ámbito de actuación de la JML?

  • Para empleadores y trabajadores del ámbito privado.
  • Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Cuáles son las facultades de la JML?

  • Evaluar las patologías denunciadas.
  • Constatar y realizar el seguimiento de enfermedades inculpables de largo tratamiento.
  • Contralor de prescripciones médicas de cambio de funciones o tareas livianas.

¿Es obligatorio el procedimiento?

  • No.

¿Es obligatorio el dictamen de la JML?

  • No, el dictamen no es vinculante.
  • La JML implica una instancia de conciliación en relación al diagnóstico y a la conducta a seguir por las partes.

Datos económicos


Expectativas del mercado5